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Decreto 130 que regula impuesto de inmueble.


Publicado el 14.06.2017

Fuente: La Prensa

El Decreto 130 del 6 de junio de 2017 publicado en Gaceta Oficial 28295 del 7 de junio de 2017, que establece la reglamentación en el proceso de actualización de la información catastral y el impuesto del inmueble, fue suspendido para permitir la mejor comprensión del mismo antes de implementar la norma.

Con este decreto se busca organizar los procesos para que al momento de compra venta de un inmueble se desglose en las escrituras el valor del terreno y las mejoras que se hayan realizado.  En la actualidad solo se pone el valor de la transacción y la ANATI (Autoridad Nacional de Administración de Tierras) hace el desglose.

Los notarios deben exigir estos desgloses (valor del terreno y las mejoras que se hayan realizado) en las escrituras para proceder a la inscripción de las mismas en el Registro Público.

Las autoridades aclaran que no se introducen nuevos avalúos, sino ordenar la información de forma que las entidades del estado en este caso DGI, ANATI y los municipios manejen la misma información, para el cobro de las fincas que están morosas.

Los municipios deben proporcionar a la ANATI y a la DGI los permisos de construcción y ocupación.

El decreto también establece que el propietario de la finca debe actualizar las mejoras del inmueble ante la ANATI,  dentro de los 6 meses siguientes a la fecha del permiso de ocupación, de no ser así esta entidad lo hará manera oficiosa.


Impuesto de Inmueble

El consultor fiscal Osvaldo Lau señala que también se exonera de impuesto de inmuebles los primeros $30 mil dólares de cada propiedad. Los PH no califican para este privilegio, ya que están sujetos a pagar el 1% del valor del terreno mientras dure la exoneración de mejoras.

Tampoco se paga impuesto sobre las mejoras nuevas que van de 5 a 20 años dependiendo del valor y uso de la propiedad.

“Existen incentivos fiscales como descuento por pronto pagos, para propiedades residenciales, el congelamiento del impuesto y el patrimonio familiar”, agregó.

Según la legislación panameña, las viviendas de menos de $30 mil están exoneradas de impuestos al igual que las fincas agrícolas de menos de $150 mil.


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Decreto 130 que regula impuesto de inmueble.